domingo, 16 de marzo de 2008

NORMATIVA CONTABLE...

Persigue la comparabilidad de la información y se basa en 3 pilares fundamentales.

  • LA LEY: Sus normas influyen en la generación de la contabilidad, es obligación legal conocerlas. Algunas normas están en el código de comercio que indica los registros obligatorios que una empresa debe hacer; el código civil que establece las responsabilidades del contador y de representante legal de la empresa en relación a la información contable; El código tributario y más específicamente la ley de renta dl.824 y la ley del IVA dl 825.

  • ORGANISMOS FISCALIZADORES O CONTRALORES: Estos controlan el funcionamiento de las empresas. Algunos son:

SII: Nos obliga a determinar correctamente y a pagar los respectivos impuestos.

SNA.: Se encarga de las operaciones de importación y exportación. Asimismo debe resguardar los intereses del Estado, fiscalizando dichas operaciones, de manera oportuna y exacta, y recaudar los derechos e impuestos vinculados a éstas.

SVS.: Controla y vigila el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y administrativas.

SBIF.: Supervisa a las empresas bancarias y a otras instituciones financieras, en resguardo de los depositantes u otros acreedores y del interés público.

SAFP.: Su objetivo es la supervigilancia y control de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) y de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), entidad que recauda las cotizaciones, invierte los recursos y paga los beneficios del seguro de cesantía.

SEC.: Debe vigilar la adecuada operación de los servicios de electricidad, gas y combustibles, en términos de su seguridad, calidad y precio.

SS: Supervigilar y controlar a las Isapres y velar por el cumplimiento de las obligaciones que les imponga la ley
supervigilar y controlar al Fondo Nacional de Salud y fiscalizar a todos los prestadores de salud públicos y privados.

DIRECCION DEL TRABAJO: Contribuye a modernizar y hacer más equitativas las relaciones laborales, velando por el cumplimiento normativo, y promoviendo un desarrollo de relaciones de equilibrio entre, empleadores y trabajadores.

CONAMA-COREMA : Vela por el derecho de la ciudadanía a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental.
BANCO CENTRAL: Opera en funciones relacionadas con las siguientes materias: emisión de billetes y monedas, regulación de la cantidad de dinero en circulación y de crédito, regulación del sistema financiero y del mercado de capitales, facultades para cautelar la estabilidad del sistema financiero, funciones en carácter de agente fiscal, atribuciones en materia internacional, facultades relativas a operaciones de cambios internacionales y funciones estadísticas.

CONTRALORIA: Verifica la constitucionalidad y legalidad de los actos de la Administración.

TESORERIA: Se encarga de recaudar y cobrar los tributos y créditos del sector público; pagar las obligaciones fiscales y administrar los recursos financieros para el funcionamiento del Estado, contribuyendo al desarrollo de Chile.
MUNICIPALIDADES : Sus funciones son elaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo; promocionar el desarrollo comunitario, aplicar disposiciones sobre transporte, tránsito, construcción y urbanización. Además, se encarga del aseo de la comuna y puede, directamente o con otros órganos de la administración del Estado, desarrollar funciones relacionadas con la educación, cultura, salud pública, promoción del empleo, seguridad ciudadana, promoción de igualdad entre hombres y mujeres, entre otras.

  • COLEGIO DE CONTATADORES DE CHILE: Cuerpo colegiado que agrupa atodos titulado de contador es encabezado por un directorio y a este lo asesora una comision de normas y principios.

Tiene como fin emitir normativas técnicas del área contable aplicables en Chile; a través de Boletines Técnicos, 78 en total, siendo el 1° emitido en 1971.

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